08/08/2006 -
REUNION CON EL MINISTRO DE TRABAJO
Accidentes de trabajo: para la UIA es "razonable" la propuesta oficial
Ismael Bermúdez
Un borrador del Gobierno que eleva las indemnizaciones y las rentas contempladas por la Ley de Riesgos de Trabajo fue calificado como "razonable" por parte del titular de la Unión Industrial, Héctor Méndez. El empresario, además, dijo que analizaron con el Ministro de Trabajo avanzar contra el empleo en negro.
Almuerzo de por medio, ayer el ministro Carlos Tomada y el titular de la UIA analizaron los dos temas. Méndez le dijo a Clarín que ese encuentro era necesario tras las "tensas" reuniones del Consejo del Salario. Y admitió que se barajó aprobar una carta compromiso contra el empleo en negro entre el Gobierno, la CGT y la UIA.
El otro tema fue la Ley de Riesgos del Trabajo. Méndez calificó que el borrador oficial "contempla razonablemente los requerimientos empresarios", si bien aclaró que la UIA recibirá el texto definitivo "en los próximos días".
El borrador del proyecto, al que accedió este diario, incluye estos cambios:
Se modifican las indemnizaciones y rentas fijadas en 2000. En su lugar, se aplicará una tarifa similar a la que aplican algunos tribunales de trabajo. Habrá un piso indemnizatorio de $ 100.000 por el porcentaje de incapacidad y se elimina el actual tope de $ 180.000 para el cálculo de la renta mensual, más los $ 50.000 al contado.
La opción para cobrar a través de una renta mensual se calcularía según el sueldo promedio sujeto a aportes de los últimos meses anteriores al accidente por el porcentaje de incapacidad.
La otra opción, la indemnización de pago único, sería equivalente al capital que, colocado al 6% anual hasta los 65 años, rinda un importe similar a la renta mensual del trabajador.
Un ejemplo: para una incapacidad total de un trabajador de 38 años con un sueldo de $ 1.300, daría una indemnización de $ 267.000. Actualmente es de $ 178.000. Con un 20% de incapacidad la indemnización sería de $ 40.000. Se agrega un plus de 10 a 20% por daño moral.
En caso de un accidente en la vía pública entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, el tope baja a $ 90.000.
El trabajador deberá optar entre cobrar la indemnización del sistema o reclamar ante la Justicia Civil no laboral por todos los daños. Aun si gana el juicio se deberá contemplar como "pago a cuenta" los pagos en concepto de "incapacidad laboral transitoria", así como las "prestaciones en especie, recibidas y a otorgar". O sea, la atención médica dada y valorizada por la ART. Esta cláusula busca "desalentar" que el trabajador vaya a la Justicia.
Las indemnizaciones no cambian si la empresa cumple o no con las normas de seguridad. En España, Brasil y Francia el empleador, si no cumple, responde más allá de la tarifa.
La empresa podrá contratar un seguro de responsabilidad civil para cubrirse si el trabajador va a la Justicia. Y habrá responsabilidad solidaria de la empresa con contratistas o subcontratistas.
Se crean comités patronal-sindicales de seguridad laboral. Los delegados laborales se calculan según el convenio. No está definida a partir de cuántos trabajadores por empresa regirán.
El empleador es el responsable por la seguridad laboral. El rol de las ART será asesorar a las empresas y el de la Superintendencia, de fiscalizar.
Fonte: Clarín
|