25/08/2006 -
MEDIDA DEL GOBIERNO PARA CONCENTRAR EL COBRO DE APORTES EN LA ANSES
Docentes y jueces dejarían las AFJP y se jubilarían por el Estado
El cambio también incluye a diplomáticos y a los investigadores científicos.
Ismael Bermúdez
Los docentes primarios y secundarios, investigadores científicos, un sector de diplomáticos y jueces que hoy están afiliados a las AFJP pasarán a aportar al Estado. Y se jubilarán por los regímenes especiales que tienen esos sectores, que contemplan un haber equivalente al 82 ó 85% del sueldo que tiene el mismo cargo por el que se jubiló.
Se estima que esos regímenes engloban a 200.000 personas.
Así se lo adelantaron ayer a Clarín fuentes del Gobierno, que aclararon que hay dictámenes de la Procuración del Tesoro de la Nación que precisan que los regímenes jubilatorios especiales no están alcanzados por la ley de general de jubilaciones (24.241) que creó el sistema de AFJP.
Los funcionarios agregaron que la Corte Suprema, en diversos fallos, sostuvo que esos regímenes especiales no habían quedado anulados por la 24.241 y se mantenían vigentes "con todas sus características, entre las que se encuentra su pauta de movilidad".
Todo esto significa, sostuvieron los funcionarios, que los trabajadores activos alcanzados por esos regímenes especiales "no tienen derecho a la opción entre el Estado y el sistema privado, porque están encuadrados en un régimen único". Y además argumentaron que al garantizar el Estado el haber del 82 o 85% del sueldo activo corresponde que los aportes de esos trabajadores sean recaudados por la ANSeS.
Con relación a estos trabajadores que ya están afiliados a las AFJP, los funcionarios adelantaron que barajan dos alternativas;
# Que mantengan sus cuentas en las AFJP hasta el momento de la jubilación. Y en ese momento, lo que acumularon en sus cuentas se tomará a cuenta del haber jubilatorio del 82% o 85%.
# Que transfieran sus fondos al Estado, que se encargará íntegramente de la jubilación.
Por disponer de un sistema especial, los trabajadores activos aportan más. Por ejemplo, los trabajadores activos docentes o investigadores científicos aportan el 13% del sueldo.
En el caso de los que están afiliados al sistema privado el aporte personal también es del 13%: 7 puntos van a la cuenta de las AFJP y 6 puntos al Estado.
Esos regímenes aprobados por leyes especiales abarcan a docentes, investigadores, diplomáticos y jueces.
Luego, en 1992/93, los docentes fueron transferidos a las provincias. En 1994, esos regímenes fueron derogados por el decreto 78 de Carlos Menem y Domingo Cavallo. Y en 1995, el Congreso aprobó la Ley de Solidaridad Previsional que eliminó la movilidad de los haberes como proporción del salario del activo.
Entretanto, en 11 provincias, los docentes junto al resto de los trabajadores fueron transferidos nuevamente al sistema nacional. Y debieron optar entre el sistema público de reparto y las AFJP pasando a jubilarse por la ley general de jubilaciones, en lugar de hacerlo por el régimen específico de su actividad.
En 2002, el Congreso sostuvo que esos regímenes no estaban derogados y, el año pasado, el Gobierno decidió restaurarlos a partir de mayo de 2005, pero sin la movilidad, a pesar de los diversos fallos de la Corte Suprema. Según el Alto Tribunal el 82% o 85% móvil de la remuneración mensual es un "porcentaje que el Estado debe asegurar con los fondos que concurran al pago, cualquiera que sea su origen".
Fonte: Clarín
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